Junta Directiva aprobó el Reglamento para la Atención de Denuncias

 

 

Mediante acuerdo tomado por la Junta Directiva en el artículo 4 de la Sesión Ordinaria 17, celebrada el 8 de mayo de 2017, se aprobó el Reglamento para la Atención de Denuncias sobre Actos de Corrupción y Enriquecimiento Ilícito en el ejercicio de la Función Pública en el Inder.

De conformidad con la Ley 8292 de Control Interno; la Ley 8422 contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública; la Ley 9158 Reguladora del Sistema Nacional de Contraloría de Servicios, establecen el deber de la Administración y la Auditoría Interna, de conocer y tramitar las denuncias que se presenten, guardar confidencialidad respecto de la identidad del denunciado, el ciudadano y el funcionario que presenten denuncias ante sus oficinas, así como la información, documentación y otras evidencias de la investigación que se realicen, cuyos resultados puedan originar la apertura de un procedimiento administrativo.

Este reglamento establece la recepción, trámite, confiabilidad de los denunciantes y denunciado, la investigación, atención y/o archivo de las denuncias presentadas a nivel institucional, ante presuntas violaciones a la normativa establecida en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento en la Función Pública, el Reglamento que la desarrolla, el Reglamento Autónomo de Servicios del Inder y demás normativa relacionada.

El reglamento es aplicable también para el trámite de todas aquellas denuncias que sean presentadas contra funcionarios, titulares subordinados, Administración Superior, Auditoría Interna y jerarcas, cuando se señale el presunto acto de corrupción, falta de ética y de transparencia en la función pública.

Los invitamos a leerlo para que puedan, de forma correcta, atender las denuncias que sean presentadas en cualquiera de las oficinas de la institución.

Leer reglamento aquí...

 

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