El Inder pone a disposición de la sociedad rural el servicio «Crédito Rural»; cuyo objetivo es el otorgamiento de créditos para el mejoramiento socioeconómico de los pobladores ubicados en territorios rurales del país. Este servicio cuenta con condiciones especiales y favorables para el desarrollo de actividades o proyectos productivos del medio rural.
Todos los créditos brindados por el Inder se ofrecen al 6% de interés anual fijo durante todo el préstamo, lo que convierte a este en uno de los más atractivos respecto a recursos frescos para mejorar la productividad rural costarricense.
Además, el servicio contempla tasas diferenciadas para poblaciones vulnerables según la Ley 9036, entre ellas mujeres, jóvenes, minorías éticas, adultos mayores y personas con discapacidad. Estas poblaciones se benefician con una disminución del 2% en la tasa de interés de su crédito.
También se aplican tasas diferenciadas para actividades que incluyan buenas prácticas ambientales, arreglos de pago y para la rehabilitación producto de afectaciones climáticas, aplicándose una disminución de 2% en su tasa de interés durante el plazo del préstamo. La tasa mínima de los créditos brindados por Inder es del 2%.
Los recursos podrán ser utilizados para financiar el desarrollo de las actividades «socio productivas», es decir que las actividades deberán tener el componente social y el componente productivo; o sea que sean para personas (físicas o jurídicas, estas últimas sin fines de lucro) de mayor rezago social y que generen ingresos, entre estas actividades podemos tener:
- Agropecuarias.
- Comercio.
- Artesanía.
- Industria o Agroindustria.
- Maquinaria-vehículos de carga y equipo.
- Agro-eco-turismo.
- Capital de Trabajo.
- Servicios.
- Acuacultura.
- Silvicultura.
- Pesca artesanal.
Descargue aquí el folleto informativo de Crédito Rural
Condiciones generales de los créditos
- Tasa de interés: 6% anual fija durante el plazo del crédito.
- Monto máximo por crédito: Hasta ₡50 millones persona física y ₡80 millones persona jurídica, con garantía hipotecaria. Los préstamos mayores al límite deberán ser conocidos y aprobados previamente por la Junta Directiva del Inder.
- Tasas Diferenciadas: Se incluyen tasas diferenciadas para poblaciones vulnerables según la Ley 9036, entre ellas mujeres, jóvenes, minorías éticas, adultos mayores y personas con discapacidad. Estas poblaciones se beneficiarán con una disminución del 2% en la tasa de interés de su crédito. También se aplicarán tasas diferenciadas para actividades que incluyan buenas prácticas ambientales, créditos para la rehabilitación producto de afectaciones climáticas. Estos casos se beneficiarán con una disminución de 2% en su tasa de interés durante el plazo del préstamo.
- Plazos: Acordes con la actividad financiada y su producción, incluye periodos de gracia en intereses y amortización del principal.
- Forma de pago: De acuerdo con las características de la actividad financiada.
- Tipos de crédito: Operación única o línea de crédito.
- Arreglos de pago (cuando sea justificado): Reacomodo de cuotas, prórroga, adecuaciones y readecuaciones.
- Costos: No se cobran recargos por concepto de comisiones, inspecciones, honorarios y avalúos (cuando lo realizan funcionarios del Inder).
- Monto a prestar: El monto del préstamo que se autorizará, dependerá del estudio técnico presentado y de la disponibilidad presupuestaria asignada a cada oficina subregional. Este podrá ser, hasta un 100% del monto de los costos de operación de la actividad a financiar.
- Deudas cubiertas por una póliza de vida: Asimismo los créditos estarán amparados a una póliza de saldos deudores (no aplica para personas jurídicas), que cubrirá la deuda, en caso de fallecimiento del deudor (a).
Solicitud del crédito
La solicitud de crédito debe realizarse en la oficina del Inder más cercana. Para conocer la ubicación y contactos de nuestras oficinas en todo el país, puede ingresar a: Contacténos
Fundamento legal, objetivo y misión de los créditos
La Ley 9036, considera el crédito como un pilar del desarrollo rural territorial, por esta razón fue contundente en reafirmarlo en los artículos 15 inciso i), 16 incisos d), f) y l) y en el artículo 76, el cual crea el Sistema de Crédito Rural y dice los siguiente: «El Inder creará un sistema de crédito rural, adecuado a las características y condiciones financieras de la población objeto de esta ley», cuya finalidad es:
«El acceso a recursos financieros adecuados para el desarrollo de las actividades socioproductivas del medio rural…»
Misión
Contribuir al desarrollo de los territorios rurales, principalmente a través del mejoramiento de la calidad de vida de sus pobladores, especialmente los de mayor rezago social y económico.
Objetivo
Dotar de financiamiento de forma ágil, oportuna, apropiada, en condiciones blandas, adaptado a las características productivas de la actividad y de la población objeto.
Más información
Para mayor información puede comunicarse al Área de Crédito Rural del Inder:
Teléfonos: 2247-7494, 2247-7495, 2247-7499, 2247-6828
Correo electrónico: info.creditorural@inder.go.cr
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